PARA NUESTRO CONOCIMIENTO
LÍOS DE DOCENTES POR DESCONOCIMIENTO DE NORMAS
REFERENTE DE LEY
LOS MANUAL DE CONVIVENCIA de su institución debe contener:
· 21 artículos de la ley 1098 de infancia y adolescencia,
· 9 sentencias de la Corte Constitucional,
· ley de los garantes,
· Leyes: 1860, 115, 1290 y decretos referentes,,,,
… de lo contrario, se estará actuando, desde lo ILEGAL.
En muchas ocasiones los docentes se ven inmersos en líos legales y jurídicos
por DESCONOCIMIENTO Y OTROS POR NEGLIGENCIA.
Ø Sea el caso que sea, "el desconocimiento de la ley NO le exime de su
cumplimiento".
CASO 1
Docente directora de grupo, NO guarda distancia con sus alumnas y se
convierte en la "parcera" de las jovencitas a tal punto que va a fiestas con
ellas, fuma y bebe con sus alumnas de grado décimo, una de sus alumnas más
"liberada" queda embarazada de su novio, la alumna le cuenta a su "parcera"
la profe, quien es su directora de grupo, que ella decidió abortar.
La docente le "guarda el secreto", (omisión, negligencia y complicidad,
articulo 18 de la ley 1098 o maltrato infantil) a los tres meses la alumna
presenta infección en el útero, se descubre el aborto; luego de una golpiza
de sus padres, la niña de 16 años decide cambiar la versión y acudir a
fiscalía, su nueva versión aduce:
"yo estaba embarazada, le conté a mi profe, y ella me aconsejo abortar"…
Denuncia de los padres de la menor en fiscalía por: A) maltrato infantil,
artículo 18 de la ley 1098, B) complicidad en un aborto (Homicidio en 2do
grado de un No nato) C) agravante, guardo el "secreto durante 3 meses"
cuando su obligación era denunciar el caso a las autoridades pertinentes e
iniciar el debido proceso. Articulo 44 numeral 9 de ley 1098. D) agravante
2, el caso involucra a una menor de 16 años.
Profesora culpable, pena siete años y cuatro meses, no excarcelables,
no rebaja de pena, tarjeta profesional docente anulada.
Fecha octubre 2009.
CASO 2
Rector colegio distrital, cuatro niñas pertenecientes al FENÓMENO EMO,
presentan cortes en sus muñecas y antebrazos, 7 madres de familia, presentan
la respectiva queja al rector para que tome las medidas pertinentes según le
obliga la ley de infancia 1098 en su artículo 18, para proteger a sus hijas
de la influencia de estas niñas EMO, el rector, de manera desobligante y
negligente deja pasar de largo el incidente, las madres de familia acuden al
personero municipal local, el personero hace llegar el respectivo oficio al
rector para que tome medidas de protección hacia la comunidad en general por
encima del particular y además con el soporte del artículo 18, articulo 42
numeral 3, articulo 44 numeral 4 y articulo 44 numeral 9 de la ley de
infancia 1098 y la ley de los garantes o articulo 25 del código penal del
2000 o ley 599; el rector de nuevo omite el referente legal.
Tres meses después del oficio del personero, se suicida la primera
adolescente del colegio, jovencita MIEMBRO DEL FENÓMENO EMO, a los ocho días
se suicida la mejor amiga, también con cortes en las muñecas.
Denuncia en fiscalía de las siete madres de familia y los 4 padres de las
niñas muertas contra el rector por complicidad, omisión, negligencia y
agravante por homicidio en 3er grado al no realizar acciones para prevenir
la muerte de dos menores de edad, teniendo la obligación y facultad legal
para hacerlo mediante reforma, adición y cambios al manual de convivencia o
resolución rectoral para frenar el avance de acciones nocivas, degradantes y
de perjuicio a la vida, integridad, dignidad y bienestar de las menores
dentro de la institución. Además de un oficio de la personería con tal fin.
Pena: 14 años y 2 meses, NO excarcelables, no rebaja de pena,
investigación de procuraduría a la institución.
Fecha Abril 2009
Solamente por rescatar dos casos reconocidos y que fueron publicados en
diarios de emisión nacional en Colombia.
Invitamos A LOS DOCENTES INTERESADOS, a participar del taller de
CAPACITACION VIRTUAL EN REFERENTES DE LEY.
1-Responsabilidad institucional o del colegio.
2- Responsabilidad de los docentes y profesores.
3- Responsabilidad de los padres de familia.
4- Responsabilidad de los estudiantes.
5- DEBIDO PROCESO EN CASOS ESPECIALES.
Tratar estos temas en las reuniones de profesores.